Convicción

"NO ME PREOCUPAN LOS GRITOS DE LOS DESHONESTOS, DE LA GENTE SIN ESCRÚPULOS Y DE LOS DELINCUENTES...MÁS, ME PREOCUPA EL SILENCIO DE LOS BUENOS" Nelson Mandela

“En la vida uno puede hacer lo que quiera, lo que no se puede es evitar las consecuencias”.

miércoles, 9 de junio de 2021

AÑO XII-N°2721-CORTITA Y AL PIE

 

NO LE DAMOS BOLA A LAS BOLAS

 

D

esde siempre es un clásico enquistado en el ronroneo íntimo de cada entidad, y del periodismo en general, el llenar espacios sobre nombres que, siempre en potencial, se acercarían a cada club en los prolegómenos del inicio de cada torneo.


 Este que se avecina no puede quedar exento de tantas bolas que sin fundamento alguno viene y van. Anteriormente, en nuestra inocencia expresamos para “llenar espacios”, pero en un rapto de la realidad, generalmente estas versiones tienen un sentido publicitario que emana de los nefastos representantes, de ciertas instituciones que pretenden deshacerse de algún clavo, o de dirigentes que prueban la reacción de su gente.

Por ello, hasta que no queden debidamente oficializadas las incorporaciones y desvinculaciones, no nos haremos eco de cuanta bola ande rodando.

AMISTOSO, con los  "DEL HUEVO":

Esta confirmado un partido amistoso con ARSENAL FUTBOL CLUB, PARA EL PRÓXIMO Miércoles 30 del corriente en nuestro estadio de Vicente López.

La ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, ha publicado el modelo de DDDJJ, que deberán completar los clubes al momento de la CESIÓN Y/O TRANSFERENCIA DE JUGADORES, según la LEY 25246, Resolución 32/2012

Facsimil

¿Y DE DONDE VIENE LA TARASCA?

A nuestro modesto criterio si bien vale la intención de la referida DDJJ, esta no sincera en absoluto los principios de la LEY.

Todos sabemos que en el fútbol a nivel mundial, las transferencias y/o contrataciones de jugadores no se realizan de CLUB A CLUB. Siempre existen intermediarios de alto poder ECONOMICO que son parte interesada de las operaciones. En esta DDJJ, se debería anexar el porcentaje que cada jugador le pertenece a cada institución tanto cedente como receptora, de donde provienen los capitales invertidos y también la debida conformidad del jugador al que se haga referencia.

Así se terminaría con el confuso juego que los derechos FEDERATIVOS pertenecen a una INSTITUCION y los derechos ECONÓMICOS a una o varias PERSONAS JURÍDICAS

¿ACASO NO SERÁ LA FORMA DE TRANSPARENTAR TODAS LAS OPERACIONES?
¡¡¡Muy ingenuo lo nuestro!!! ¿NO?