Convicción

"NO ME PREOCUPAN LOS GRITOS DE LOS DESHONESTOS, DE LA GENTE SIN ESCRÚPULOS Y DE LOS DELINCUENTES...MÁS, ME PREOCUPA EL SILENCIO DE LOS BUENOS" Nelson Mandela

“En la vida uno puede hacer lo que quiera, lo que no se puede es evitar las consecuencias”.

miércoles, 6 de marzo de 2013

AÑO III-Nº635-A.F.A / Comite Ejecutivo


ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO
BOLETÍN Nº 4743
SESIÓN DEL COMITÉ EJECUTIVO REALIZADA EL 5 DE MARZO DE 2013
(Resoluciones Publicadas el 06/03/2013)
PRESIDIO:  El titular Sr. Julio H. Grondona,.....
De nuestro interés
COMITÉ DE SEGURIDAD EN EL FÚTBOL
Se recibió nota del Organismo de la referencia de fecha 04-03-13 suscrita por su Presidente Dr. Eduardo Villaba dirigida al Presidente de AFA Sr. Julio H. Grondona, la que se transcribe para su conocimiento y cumplimiento por parte de los clubes afiliados:
“Me dirijo a usted en mi carácter de Presidente del Comité de Seguridad en el Fútbol, con relación a lo dispuesto en la reunión celebrada por este organismo el día 27 de febrero del corriente año conforme Acta n° 04/2013.

*SANCIONES DE AMONESTACIÓN APLICADAS A LOS CLUBS POR PARTE DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA
Atento los incidentes que han ocurrido en las últimas fechas de los Campeonatos de las tintas Categorías, se recuerda a las instituciones la plena  vigencia y aplicación de las disposiciones contenidas en el  art. 79º del Reglamento de Transgresiones y Penas de esta Asociación, el que prevé: “SUSPENSIÓN A CLUB  - Suspensión de  siete días a cuatro meses al club que durante una misma temporada oficial haya sido castigado con multa  por desorden impuesta por los artículos 80º, 82º y 83º del Reglamento de Transgresiones y Penas, de doce o más fechas, para cuyo cómputo, una fecha de los Arts. 80º y 82º, equivale a dos fechas del Art. 83º, o clausura de la cancha limitada a equipo del Art. 81º, que sumen ese total y vuelva a incurrir en  sanción que deba ser reprimida con multa por desorden de los Arts. 80º, 82º y 83º de este Reglamento, o nueva clausura de cancha, del Art. 81º, según corresponda.”.En consecuencia, el Comité Ejecutivo sugirió a cada uno de los clubes alcanzados por esta reglamentación que tengan a bien difundir esta realidad entre sus jugadores, cuerpos técnicos, dirigentes, socios y parciales a los efectos de evitar la aplicación de sanciones mayores que pueden derivar en la quita de puntos.

GERENCIA DE JUGADORES
Se aprobó el Boletín Complementario N° 08/2013.
CAMBIOS DE ESTADIOS, DE FECHAS Y DE HORAS
Se establecieron los siguientes:
Martes 12-03
Temperley c.  Platense, 1ra. “B”, a las 21.00 horas (TV)

COPA ARGENTINA 2012/2013-Fase Final - 24vos. -  
SEDE BUENOS AIRES (Estadio de C.A. Platense)
Martes 12/03/13-Alte. Brown  c. Dep. Armenio, a las 17.00 horas

*Quizá este demás esta recomendación, pero como en nuestro club aquellos desmanes que provocan los amigos del poder (bombas de estruendo, banderas de otros clubes, cánticos, etc.) hasta ahora se solucionaban con una multa mínima de  entradas generales, a costa de la Institución , parece, según lo precedente que las sanciones serán de otro calibre. ¡¡¡Lo único que le faltaría a la gestión del fracaso, es exponer al club a sanciones efectivas!!!