El próximo lunes nuevamente
nuestro estadio será el escenario central, donde la pasión y la ilusión se darán
cita en pos del principal objetivo que une a toda la parcialidad calamar. Vemos
con satisfacción, que a pesar de las “precariedades económicas que se dice se
disponen”, este ha sido remozado desde lo estético, cosa que siempre resulta
agradable.
Es de esperar que
tanta pulcritud resaltada en el blanco níveo de sus tribunas, no sea manchada
con actos a los que estamos acostumbrados, y que provienen de cierto sector que
esta gestión no ha podido erradicar desde el inicio de la misma, por el contrario.
Prueba de ello
son las multas que invariablemente en cada una de las presentaciones en condición
de local, debe abonar el Club a la casa mayor del fútbol y que publicamos periódicamente
en este blog.
Pero ahora se
abre una esperanza que seguramente solucionará estos desatinos que la
dirigencia no ha tenido la capacidad de controlar. Tal como lo publicáramos en
la nota del 16-ENE-2012-Nº598-, “los
clubes deberán designar a un responsable en la seguridad”.
Como es
costumbre en las políticas de esta dirigencia, a la fecha la Institución no ha
informado quien será "la persona designada para la función", que entendemos,
debería hacerlo a los efectos de conocer los asociados, a quien le cabe tamaña responsabilidad en algo tan sensible a nuestros intereses de seguridad, y concurrir en familia a disfrutar de un espectáculo deportivo, artístico o social en nuestra propia casa.
MINISTERIO DE
SEGURIDAD – MODIFICACIÓN RESOLUCIÓN N°
1315/98 –
DESIGNACIÓN DE
RESPONSABLE DE SEGURIDAD EN ENTIDADES DEPORTIVAS COMPRENDIDAS POR EL DECRETO N°
1466/97 – Art. 14.-
Se tomó
conocimiento de la comunicación cursada con nota del 27-12-12, por la Unidad de Coordinación de
Seguridad y Prevención de la
Violencia en Espectáculos Futbolísticos, firmada por su
titular Dr. Juan Manuel Blanco, notificando a esta Asociación de la Resolución de la Sra. Ministra de Seguridad Dra.
Nilda Garré, registrada bajo el Nº 1202 del 10-10-12, cuya parte dispositiva se
transcribe para conocimiento de las instituciones afiliadas: RESOLUCIÓN: Art.
1°.-Las entidades deportivas comprendidas en el “Régimen de Seguridad en el
Fútbol”, establecido por el Decreto N° 1466/97, al designar Responsables de
Seguridad, en los términos del artículo 14 del citado decreto,…
….. Divisionales
“B”, “C” y “D”: ser personal idóneo en la materia, debiendo acreditar tal
condición en forma fehaciente. En ambos
casos, las instituciones deportivas deberán comunicar al MINISTERIO DE
SEGURIDAD, los datos personales de los Responsables
de Seguridad designados a fin de incluirlos en el “Banco Nacional de Datos
sobre Violencia en el Fútbol”………
Texto completo en
el archivo del blog-Nota Nº598-
Enlaces
[PPT]
http://www.minseg.gob.ar/requisitos-para-los-responsables-de-seguridad-en-las-canchas-de-f%C3%BAtbol
Enlaces
[PPT]
Diapositiva 1 - Biometríawww.biometria.gov.ar/media/6937/biometria%20conferencia.ppt
http://www.minseg.gob.ar/requisitos-para-los-responsables-de-seguridad-en-las-canchas-de-f%C3%BAtbol