¿Se acaban “los fiolos” del
fútbol?
CONTRARIAMENTE A LO PROGRAMADO, NO SE TELEVISA EL PDO. CON ESTUDIANTES
Tal como se anticipara días pasados en este blog, por decisión de
En nuestro país, uno de los abanderados en este infame
comercio, ha tomado cartas en el asunto la AFIP , conocedora de la cantidad de dinero que estos
supuestos benefactores, le restan al fisco con triangulaciones, transferencias
inexistentes y otras maniobras non santas a que quedan expuestos los
trabajadores del fútbol, los jugadores y entidades deportivas, con el aval y el
silencio expreso del sindicato de futbolistas agremiados.
A continuación, exponemos la determinación de la entidad
rectora de los ingresos fiscales argentinos, según lo expresado por Perfil.com.
20/02/2015
A partir de mayo los derechos económicos de los
futbolistas estarán sólo en manos de los clubes o de los propios jugadores.
El Gobierno
nacional volvió a poner la lupa sobre las transferencias de los jugadores de
fútbol. ¿De qué manera? A partir de mayo resolvió que los derechos
económicos de los futbolistas estarán sólo en manos de los clubes o
de los propios jugadores.
De esta forma, los
representantes, familiares o terceros que estén involucrados en los pases, no podrán conservar un porcentaje del negocio.
La disposición fue
determinada por la entidad que conduce Ricardo Echegaray a través de la Resolución General
3740, publicada en el Boletín Oficial.
“Ningún club o jugador
podrá firmar un contrato que conceda a un tercero (‘hombre de negocio del
fútbol’) el derecho de participar, parcial o totalmente, del valor de un futuro
traspaso de un jugador de un club a otro, o que le otorgue derechos
relacionados con futuros fichajes o con el valor de futuros fichajes”,
establece la norma del fisco que acompaña la nueva reflamentación de la Fédération Internationale
de Football Association (FIFA).
“Consecuentemente con esto,
los contratos que se celebren a partir del 1 de mayo de 2015, inclusive, podrán
conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de
fútbol profesional involucrado”, agrega uno de los considerandos de la
normativa de la AFIP.
Según el artículo 1, “los
sujetos -clubes o jugadores- obligados a actuar como agentes de información y,
en su caso, de retención, de acuerdo con las previsiones de las Resoluciones
Generales vigentes, continuarán informando conforme las previsiones de dichas
normas, teniendo en cuenta que tales contratos podrán conceder derechos
económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional
involucrado”.
También aclara que la AFIP , “efectuará cruces de
datos con la información referida a los contratos vigentes al 30 de abril de
2015, que la FIFA
tenga registrados en el Sistema de Correlación de transferencias (TMS)”, para
profundizar los controles.
Es de esperar que esto no quede solo como una mera intención.